

La justicia europea condena a España por un caso de sumisión química
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó el jueves a España por las "graves irregularidades" en una investigación sobre la violación de dos mujeres con el uso de sustancias químicas en 2016, alegando "posibles falsificaciones de pruebas" y connivencia entre uno de los acusados y un policía.
Los hechos se remontan al 7 de diciembre de 2016, cuando dos mujeres españolas conocieron a dos hombres en un bar.
Al despertar a la mañana siguiente, las dos mujeres se encontraron desnudas en la casa de uno de los dos hombres, sin ningún recuerdo de la noche anterior, y afirmaron haber sido drogadas y violadas, según el comunicado de prensa del TEDH, publicado en su sede de Estrasburgo (Francia).
Tras ser detenidos e interrogados, los dos hombres explicaron que las relaciones fueron consentidas.
Unas semanas más tarde, otra investigación reveló que uno de los acusados era cuñado de un policía asignado a la unidad encargada del caso.
También sacó a la luz que "varias pruebas potencialmente cruciales", como los datos del teléfono móvil de uno de los acusados o las imágenes de las cámaras de seguridad del bar, "desaparecieron o fueron alteradas" mientras se encontraban bajo custodia policial.
En 2018, la fiscalía renunció a procesar a los sospechosos, alegando que no había "pruebas suficientes para demostrar que se produjeran relaciones sexuales no consentidas".
Otro procedimiento abierto por posibles faltas y falsificación de pruebas llegó en 2021 a la conclusión, una vez más, que las pruebas recabadas no permitían demostrar que "los sospechosos hubieran administrado a las demandantes sustancias incapacitantes o que supieran que estaban inconscientes durante las relaciones sexuales".
Las dos demandantes recurrieron a la justicia española, sin éxito.
Tras someter el caso a la instancia europea en noviembre de 2023, el TEDH emitió este jueves un fallo condenatorio, estimando que las deficiencias en la conservación de las pruebas fueron más que "errores aislados" u "omisiones menores".
El TEDH criticó también el "considerable lapso de tiempo" transcurrido en abrir una investigación "sobre las posibles faltas cometidas por la policía".
Por último, condenó el hecho de que estas investigaciones se confiaran "a los mismos órganos judiciales y policiales que supervisaron la investigación inicial".
El TEDH condena así a España a pagar 20.000 euros a cada demandante por "daños morales" y 5.000 euros conjuntamente por costas y gastos.
A.Gmeiner--MP